La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó este martes el fallo de la jueza Marta Elba Pascual que había suspendido de manera preventiva la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801) en el territorio bonaerense. Con este pronunciamiento, la normativa vuelve a aplicarse en toda la provincia de Buenos Aires y la edad de imputabilidad se reduce de 16 a 14 años.

Los fundamentos de la Cámara

El tribunal de alzada dio marcha atrás con la medida cautelar al considerar que un magistrado no puede frenar el alcance general de una norma sancionada por el Congreso Nacional sin vulnerar el sistema republicano de gobierno. Los camaristas Miguel Carlos Navascués y Miguel María Alberdi hicieron lugar al recurso presentado por el fiscal Hernán Ceruti y calificaron la suspensión de "inadmisible".

"Está vedado a los jueces analizar el acierto o la inconveniencia de las leyes, habida cuenta de que la política criminal es una de aquellas materias insertas en la esfera de reserva del poder legislativo. Entonces, si las leyes del Congreso de la Nación se presumen legítimas, y para no aplicarlas a un caso concreto es necesario hacer un control de constitucionalidad o de convencionalidad, va de suyo que suspender la aplicación de toda una ley mediante una medida cautelar resulta a todas luces inadmisible", sostuvo el fallo.

En su resolución, los jueces remarcaron que las normas aprobadas por las vías correspondientes gozan de presunción de legitimidad y que su neutralización solo procede ante un caso concreto mediante la declaración de inconstitucionalidad.

División de poderes y falta de elementos objetivos

El fallo dejó sentado que suspender una ley de forma general implica un avasallamiento sobre las facultades del Poder Legislativo y del Poder Ejecutivo.

La Cámara aclaró que no minimiza la situación de los jóvenes privados de la libertad, pero sostuvo que ante cualquier agravamiento de las condiciones de encierro deberá ser el juez a cargo de cada causa quien ordene medidas urgentes. En ese sentido, los camaristas afirmaron que ante situaciones concretas que puedan implicar vulneraciones de derechos, los jueces competentes conservan la facultad de adoptar medidas urgentes para garantizar estándares constitucionales y convencionales de detención.

Asimismo, se acompañó el criterio del Fiscal General Departamental, quien advirtió que la suspensión se basó en hipótesis sobre consecuencias futuras sin que existan pruebas de una afectación concreta y actual de derechos fundamentales. El fiscal había consignado que el hábeas corpus "exige la existencia de una amenaza concreta a la libertad ambulatoria o a las condiciones en que ésta habrá de ejercerse, y no puede sustentarse exclusivamente en una eventualidad futura cuya ocurrencia no ha sido demostrada".

Los argumentos de la resolución revocada

La medida suspendida había sido dictada por la jueza Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, quien dispuso un freno por 60 días tras hacer lugar a un hábeas corpus preventivo de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo.

En su planteo, la magistrada había argumentado que la provincia no cuenta con la infraestructura edilicia ni los recursos profesionales necesarios para absorber a un mayor número de menores detenidos. Asimismo, advirtió que el eventual hacinamiento incrementaría los niveles de violencia interna y no generaría mayor seguridad para la sociedad si no se garantizan el tratamiento y la educación adecuados.

La jueza había alertado particularmente sobre la situación de los centros de privación de libertad bonaerenses, señalando problemas de infraestructura, alimentación, agua potable, educación y formación profesional, además de situaciones de hacinamiento.

La ley 27.801

La nueva legislación fue sancionada el 27 de febrero de 2026, publicada el 9 de marzo y estableció su entrada en vigencia 180 días después. La Ley 27.801 amplía el universo de adolescentes alcanzados por el sistema de responsabilidad penal e incorpora a los jóvenes de 14 y 15 años, además de modificar el tratamiento de determinados delitos y establecer la aplicación de la escala penal prevista en el Código Penal.

Reacciones políticas

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, celebró la decisión de la Cámara y cuestionó el accionar de la magistrada. "Un poco de coherencia. Pararon a la jueza prodelincuentes. Frente a la falta de medidas de seguridad de la Provincia de Buenos Aires, la Justicia tiene que hacer justicia. El que las hace, las tiene que pagar", escribió en su cuenta de X.

La diputada Carolina Píparo también respaldó el fallo y reclamó que la jueza sea apartada de la Justicia junto con quienes "protejan a delincuentes". Por su parte, Usina de Justicia celebró la resolución y su abogado, Fernando Soto, calificó el fallo como "la victoria de la gente".